San Cayetano abre la inscripción de postulantes para el Barrio 23 Viviendas: Cómo anotarte

jueves, 13 de julio de 2023 · 19:02

El próximo lunes 24 de julio dará inicio la inscripción al registro único y permanente de demanda habitacional en San Cayetano. Aquellos que cumplan con los requisitos establecidos por la Ordenanza 3201/2023 del Honorable Concejo Deliberante tendrán la oportunidad de inscribirse también en el Barrio 23 Viviendas.

Es fundamental que los interesados se presenten en Desarrollo Social, de lunes a viernes, en horario de 14:00 a 19:00 horas, con la documentación requerida. Dicha documentación podrá ser retirada a partir del lunes 17 en la misma oficina o solicitarse a través de WhatsApp al número 2983341958. Este paso es crucial, ya que constituye un requisito exigido por el Instituto de la Vivienda para completar el registro y cumplir con los requisitos específicos del Barrio 23 Viviendas.

La inscripción se llevará a cabo según la finalización del número de Documento Nacional de Identidad (DNI) de los postulantes. A continuación, se detalla el cronograma establecido:

Lunes 24 a viernes 28 de julio: DNI terminados en 0.

Lunes 31 de julio a viernes 4 de agosto: DNI terminados en 1.

Lunes 7 a viernes 11 de agosto: DNI terminados en 2.

Lunes 14 a viernes 18 de agosto: DNI terminados en 3.

Lunes 21 a viernes 25 de agosto: DNI terminados en 4.

Lunes 28 de agosto a viernes 1 de septiembre: DNI terminados en 5.

Lunes 4 a viernes 8 de septiembre: DNI terminados en 6.

Lunes 11 a viernes 15 de septiembre: DNI terminados en 7.

Lunes 18 a viernes 22 de septiembre: DNI terminados en 8.

Lunes 25 a viernes 29 de septiembre: DNI terminados en 9.

Ahora bien, es importante tener en cuenta las condiciones excluyentes para la inscripción en el "Plan Barrio 23 Viviendas". A continuación, se enumeran dichas condiciones:

a) Constituir un grupo familiar: Se considera grupo familiar a un conjunto de personas convivientes que, al menos, incluya dos miembros que conformen una unidad comunitaria de consumo y que estén unidos por los siguientes vínculos:

a.1) Vínculos matrimoniales o por uniones convivenciales. En el caso de uniones convivenciales, se requerirá acreditar una convivencia de al menos dos años o tener descendencia en común.

a.2) Vínculos consanguíneos en línea ascendente o descendente de primer grado.

a.3) Vínculos consanguíneos colaterales de segundo grado.

a.4) Vínculos originados legalmente por guarda, cuidado personal, adopción, tutela o curatela.

b) Ser mayor de 25 años.

c) Los ingresos brutos del grupo familiar no deben superar el equivalente a tres salarios mínimos municipales correspondientes a la Categoría 14 de una jornada laboral de 7 horas. Tampoco podrán ser inferiores al monto de una Pensión Nacional por Invalidez.

d) Ser nativo y haber residido de manera permanente durante al menos 5 años en el Partido de San Cayetano. En caso de no ser nativo, se requerirá una residencia inmediata anterior permanente de al menos 15 años en el mismo partido.

e) Poseer Documento Nacional de Identidad argentino.

f) No ser propietario de bienes inmuebles ni de otros bienes cuyo valor permita adquirir una vivienda, tanto el solicitante como cualquier miembro del grupo familiar conviviente.

g) No haber sido adjudicatario, cesionario o beneficiario de una vivienda de carácter social, ni haber recibido asistencia crediticia del Estado para su adquisición. Solo se considerarán excepciones aquellos casos en los que se demuestre fehacientemente la constitución de una nueva familia y la cesión de todas las acciones y derechos al núcleo familiar original, previa evaluación de las circunstancias por parte del Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires.

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