Se declaró la emergencia agropecuaria para San Cayetano

sábado, 25 de febrero de 2023 · 00:15

En la última reunión de la Comisión de Emergencia y Desastre Agropecuario de la Provincia de Buenos Aires se aprobó el estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario por sequía para el partido de San Cayetano, por el período comprendido entre el 30/06/2022 y el 31/12/2022.

"En los próximos días se informará la metodología que cada productor debe emplear para ser incluido dentro de la emergencia y/o desastre agropecuario", informó la Comuna vecina.

El intendente de San Cayetano, Miguel Gargaglione, solicitó a fines del año pasado al gobierno de la Provincia de Buenos Aires que declare al distrito en emergencia agropecuaria por la sequía. La solicitud se produjo luego que el intendente mantuviera un encuentro con productores que le trasladaron su inquietud.

Todos los productores que se encuentran en alguno de los partidos declarados en Emergencia Agropecuaria a través de un Decreto Provincial y/o Resolución que hayan obtenido su certificado de Emergencia y/o Desastres en el Municipio tendrán derecho a los siguientes beneficios:

Arba

 -Prorroga o Exención del Impuesto Inmobiliario Rural durante el periodo de vigencia de la Emergencia. 

Si el/la productor/a está en Emergencia (en caso de que el grado de afectación sea entre el 50% y el 79%), se otorga una prórroga en el pago del impuesto inmobiliario rural. 

-Si el/la productor/a está en desastre (tiene afectado entre el 80% y el 100%) se exime en la proporción afectada el pago del inmobiliario rural. 

-Suspensión de ejecuciones fiscales hasta 180 días de finalizado el periodo de Emergencia.

Banco Provincia

Productores/as con certificado de Emergencia y/o Desastre podrán obtener la prórroga de vencimientos de créditos hasta que finalice el período de Emergencia. Desde entonces tendrán 180 días para regularizar la situación, sea cancelar la deuda o refinanciarla.

Beneficios Nacionales (en el Marco de la Ley Nacional N°26.509 de Emergencia Agropecuaria)

-Los Decretos Provinciales acompañados por una declaración de Emergencia y/o Desastre a nivel Nacional permiten a los productores/as que cuentan con su certificado provincial de Emergencia Agropecuaria acceder a los siguientes beneficios: AFIP  Deducción de ganancias por la venta forzosa de animales

-Diferimiento del vencimiento general de las obligaciones impositivas de pago de las DDJJ y/o anticipos del impuesto a las ganancias, sobre los bienes personales, a la ganancia mínima presunta y fondo para educación y promoción cooperativa. 

-Para los/as monotributistas reducción del 50% o 75% -según se trate de emergencia o desastre agropecuario- del impuesto integrado (componente impositivo) de las obligaciones mensuales cuyos vencimientos operen durante el período de vigencia del estado de la Emergencia o Desastre. 

-Se suspende el inicio de ejecuciones fiscales hasta el próximo ciclo productivo posterior a la finalización de la Emergencia o Desastre Agropecuario. Además, en el caso de las ejecuciones iniciadas éstas se paralizan por igual término. Contacto: agencia más cercana de AFIP.

 

Otras Noticias