EEUU y México en fuerte disputa por el maíz transgénico
El siguiente es un artículo de opinión del profesor Timothy A. Wise, investigador principal en el Instituto de Medio Ambiente y Desarrollo Global de la estadounidense Universidad de Tufts, Boston, EEUU. El experto relata cómo avanza la demanda estadounidense al gobierno mexicano por las restricciones que impuso al maíz transgénico, que en Washington consideran que afecta el tratado de comercio que mantienen ambos países.
CAMBRIDGE, Estados Unidos – Ya han concluido los alegatos en la demanda comercial de Estados Unidos contra las restricciones impuestas por México al maíz transgénico y el tribunal de tres árbitros se pronunciará sobre el asunto en noviembre. La legitimidad del propio acuerdo comercial pende de un hilo.
En el transcurso del proceso, que ha durado un año, México ha desmontado las alegaciones estadounidenses, demostrando que sus medidas cautelares están permitidas en virtud de los términos del acuerdo comercial, que sus restricciones apenas afectan a las exportaciones estadounidenses y que cuenta con una montaña de pruebas científicas de riesgo que justifican sus políticas cautelares.
¿Permitirá el tribunal que Estados Unidos utilice un acuerdo comercial para frenar una política que apenas afecta al comercio?
El gobierno de Estados Unidos solicitó este proceso formal de resolución de controversias hace un año en el marco del Tratado México Estados Unidos Canadá (T-MEC) por el decreto presidencial de México de febrero de 2023 que restringía el uso de maíz transgénico en las tortillas y eliminaba gradualmente el uso del herbicida glifosato, que se aplica a 80 % del maíz estadounidense.
México citó pruebas de la presencia tanto de maíz transgénico como de glifosato en las tortillas (especie de pan plano y redondo) y otros preparados comunes de maíz y documentó los riesgos de dicha exposición, en particular para una población mexicana que consume más de 10 veces la cantidad de maíz per cápita que se consume en Estados Unidos.
¿Dónde está la restricción comercial?
La demanda de Estados Unidos ha sido engañosa desde el principio. En ella, calificó erróneamente el decreto presidencial de México como una «Prohibición del Maíz para Tortillas» (Tortilla Corn Ban) y una «Instrucción de Sustitución» (Substitution Instruction) para eliminar gradualmente las importaciones de maíz amarillo transgénico para alimentación animal.
México, en sus presentaciones escritas en el caso, ha objetado repetidamente estos términos.
Al llamarlo «prohibición del maíz para tortillas», Estados Unidos da a entender que México ha prohibido las exportaciones estadounidenses de maíz blanco, el que se utiliza habitualmente en las tortillas.
No es así. Solo prohibió el uso de maíz transgénico en tortillas y en otros alimentos elaborados con maíz blanco mínimamente procesado (molido).
Se trata de una prohibición de uso, no de importación. Las exportaciones de maíz blanco, incluido el maíz blanco transgénico, siguen fluyendo de Estados Unidos a México. Solo que no pueden utilizarse en la cadena alimentaria de la tortilla y la masa.
Dado que la inmensa mayoría de las exportaciones estadounidenses de maíz son variedades amarillas para forraje y usos industriales, la restricción apenas afecta a los productores estadounidenses de maíz. ¿Dónde está la restricción comercial?
Gran parte del caso de Estados Unidos se basa en su engañosa caracterización de la «Instrucción de sustitución» como una restricción comercial. No es tal cosa.
Estados Unidos argumenta que el decreto de 2023 ordena la eventual eliminación de todas las importaciones de maíz transgénico, amenazando el mercado mexicano de 5000 millones de dólares anuales de maíz amarillo estadounidense -97 % de las exportaciones estadounidenses – en su inmensa mayoría variedades transgénicas utilizadas principalmente como forraje para el sector pecuario.
A pesar de que México no impone restricciones a las exportaciones estadounidenses y de que no tiene previsto imponer ninguna, Estados Unidos argumenta que el mandato de México amenaza los futuros beneficios que esperaba obtener del acuerdo comercial.
El abogado Ernesto Hernández López se enfrentó al engaño de Estados Unidos, señalando que no hay ningún mandato (instrucción) para dejar de usar maíz transgénico, solo para cultivar más fuentes alternativas de forraje no transgénicos y utilizarlas a medida que estén disponibles.
El decreto original utiliza el término «sustitución paulatina», no “instrucción”, y deja claro que se basa en la disponibilidad de suministros.
Como señala Hernández López, el panel comercial no debería aceptar un argumento estadounidense basado abrumadoramente en hipotéticas reducciones futuras de las importaciones mexicanas de maíz forrajero transgénico.
El argumento de Estados Unidos es aún más débil por los datos que muestran que las exportaciones de maíz forrajero de Estados Unidos a México han aumentado significativamente desde el decreto de 2023, como resultado de las cosechas débiles debido a la sequía.
Considere los hechos
El tribunal del T-MEC debe considerar los hechos:
Las políticas mexicanas sobre maíz transgénico apenas han afectado a los exportadores estadounidenses. Las exportaciones de maíz amarillo están en auge y la frontera está abierta de par en par a los exportadores de maíz blanco, incluso para tortillas si los agricultores estadounidenses cambian a variedades no transgénicas.
El acuerdo T-MEC permite este tipo de políticas cautelares e incluso concede excepciones especiales para las políticas que apoyan las prácticas culturales indígenas. Los tribunales mexicanos han dictaminado en repetidas ocasiones que los mexicanos tienen derecho constitucional a la protección de su maíz patrimonial.
El gobierno mexicano y los científicos expertos en el caso han presentado montones de datos científicos revisados por expertos que documentan los riesgos para los mexicanos del maíz transgénico con residuos de glifosato, pruebas que el gobierno estadounidense ha ignorado en gran medida en sus refutaciones formales en el caso.
Estados Unidos se queda con el débil argumento de que las restricciones de México son una medida sanitaria y fitosanitaria (MSF) y requieren una estricta evaluación de riesgos antes de promulgar la política. México argumenta que la política es más que una medida sanitaria porque también protege el medio ambiente y los derechos de los indígenas. Por lo tanto, no se requiere tal evaluación de riesgos. Sin embargo, México ha presentado numerosos datos científicos que demuestran la existencia de riesgos.
El gobierno mexicano también ha destacado lo laxo y plagado de conflictos de intereses que es el proceso regulatorio estadounidense para el maíz transgénico, una acusación respaldada por el Centro de Seguridad Alimentaria de Estados Unidos. Esto significa que, como decía un titular de Reuters en marzo, «México espera pruebas de Estados Unidos de que el maíz transgénico es seguro para su población«.
Tras cientos de páginas de documentos y dos días de audiencias, México sigue esperando esas pruebas. Esperemos que el tribunal sopese los hechos, desestime la demanda de Estados Unidos y no permita que este país abuse de un acuerdo comercial para frenar una política que no le gusta.
Timothy A. Wise es investigador principal en el Instituto de Medio Ambiente y Desarrollo Global de la estadounidense Universidad de Tufts. Ha publicado, entre otras obras, "Eating Tomorrow: Agribusiness, Family Farmers and the Battle for the Future of Food (Comer mañana: agronegocios, agricultores familiares y la batalla por el futuro de los alimentos)".