OFICIAL

Anticipo: El Gobierno definió mediante un decreto la limitación de circulación en horario nocturno

viernes, 8 de enero de 2021 · 13:01

Lejos de un toque de queda, el gobierno Nacional redactó un decreto sobre indicadores para limitar la circulación en horario nocturno.

De acuerdo al texto que al que tuvo acceso Cuatro Vientos, las autoridades sostienen que “la experiencia nacional e internacional demuestra que las reuniones nocturnas en espacios cerrados o abiertos con escaso distanciamiento aumentan el nivel de riesgo frente al COVID-19”.

Y que “esta situación puede ser agravada por el consumo de alcohol porque relaja el cumplimiento de las recomendaciones de prevención”.

De esta manera, el gobierno que encabeza Alberto Fernández, definió parámetros de riesgo que deberán tener en cuenta las autoridades provinciales para restringir la circulación:

1-RAZÓN: cuando el cociente (resultado de dividir) entre el número de casos confirmados acumulados en los últimos 14 días y el número de casos confirmados acumulados en los 14 días previos, sea superior a 1,20 (es decir, que los casos aumenten un 20% de una quincena a la otra)

2-INCIDENCIA: cuando el número de casos confirmados acumulados de los últimos 14 días por 100 mil habitantes, sea superior a 150.

En función de estos indicadores, el Gobierno Nacional solicita a las autoridades locales que apliquen medidas para disminuir los contactos, priorizando la limitación de la circulación nocturna.

Asimismo, se informó que el ministerio de Salud articulará con las autoridades sanitarias de las distintas jurisdicciones con el fin de colaborar con el monitoreo de los indicadores señalados y brindará cooperación para realizar controles de rutas, vías de acceso, espacios públicos y demás lugares estratégicos con el fin de ayudar a garantizar el cumplimiento de las medidas, a petición de los gobernadores y las gobernadoras.

Comentarios

Otras Noticias