POR 180 DÍAS

Kicillof decretó la emergencia por el Coronavirus: Enterate qué se puede hacer y qué no

jueves, 12 de marzo de 2020 · 19:37

El gobernador de la provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof, firmó esta tarde el decreto en el que declaró el estado de emergencia sanitaria para la Provincia por el término de 180 días, para dar una respuesta integral e inmediata en la actual fase de contención del coronavirus. De esta manera, el Ministerio de Salud podrá instrumentar las medidas necesarias para actuar de manera eficiente y detectar casos sospechosos tempranamente, como así también monitorear brotes y contribuir a la prevención.

La norma incluye instrucciones a todos los ministerios e invita a adherir a los demás poderes -Legislativo y Judicial-, pero también a los municipios.

La letra chica del decreto establece que la emergencia durará 180 días a partir de su dictado, pero ordena al Ministerio de Salud “disponer las medidas necesarias y/o de reorganización del personal que la situación de emergencia amerite para cubrir eficientemente la prestación del servicio de salud”.

Esto tiene un factor clave para los trabajadores: faculta a la autoridad a “suspender las licencias anuales del personal que preste servicio en los establecimientos hospitalarios de la Provincia y a resolver la contratación de personal temporario”. En llano: busca disponer de todos los trabajadores posibles, incluso los que se encuentren de vacaciones.

En cuanto a la compra de equipamientos e insumos, agiliza los procedimientos a partir de la implementación de la leyenda “Tramite preferencial - Atención por coronavirus (COVID-19)”.

También suspende por el plazo de 15 días cualquier espectáculo masivo. Esto incluye a todo “evento cultural, artístico, recreativo, deportivo, social de participación masiva y, en forma consecuente, las habilitaciones otorgadas por los organismos provinciales para la realización de eventos de participación masiva, cualquier sea su naturaleza”.

Para aquellas actividades que no se pudiera reprogramar, ordena que se realicen “sin presencia del público y aplicando en forma rigurosa las recomendaciones emitidas por las autoridades sanitarias”. También hay novedades para los trabajadores estatales: el decreto faculta a ministros, secretarios y titulares de organismos de la constitución a “establecer modalidades de trabajo domiciliario, flexibilidad de horarios laborales y, en caso de corresponder, al cierre de las dependencias del Sector Público Provincial” como medida preventiva.

De la misma manera se puede “disponer el cierre de museos, centros culturales y demás espacios artísticos y recreativos de carácter provincial”.

En cuanto a la situación de cárceles y comisarías, habilitó a los ministros de Justicia y Seguridad, además de las autoridades del Servicio Penitenciario a adoptar las medidas que consideren necesarias.

Un punto central tiene que ver con el dictado de clases: si bien se seguirá “caso por caso” mientras se elaboran programas digitales de alfabetización, Kicillof encomendó a la Dirección General de Cultura y Educación, “a adoptar las medidas necesarias para prevenir la propagación del virus en los establecimientos a su cargo”.

Todos los organismos de gobierno pueden, a la par, “dictar las normas interpretativas, complementarias y aclaratorias del presente, en el marco de sus respectivas competencias, en forma individual o conjunta, tendientes a la implementación de medidas direccionadas a coadyuvar con el esfuerzo sanitario para neutralizar la propagación de la enfermedad”.

 

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