¿Qué pasa con las multas?: Quejas de los vecinos por irregularidades en los cobros

jueves, 9 de mayo de 2024 · 10:30

Es natural: cuando uno recibe una multa, las ganas de pagarla van en proporción inversa al malestar que producen y usualmente se encuentran toda suerte de excusas para retrasar el pago o directamente desestimar la sanción hasta que su aplicación no sea estrictamente necesaria.

Sin embargo, esta situación que se reitera con más frecuencia de la que muchos están dispuestos a admitir, puede terminar decantando en malos entendidos o incluso algunas irregularidades producto de errores administrativos u otros fallos que lamentablemente se encausan en vías judiciales para ser resueltas.

Es el caso que aparentemente atraviesa Nicolas P, un vecino de Necochea que se contactó con Cuatro Vientos para contar una situación que atraviesa luego de intentar renovar su licencia de conducir y encontrarse con una deuda que data de hace años. Lo llamativo de la situación y que causó malestar en el vecino es que él ya había pagado todas sus multas para renovar su licencia de conducir dos años después de las fechas de las multas que ahora intentan cobrarle.

"En el Juzgado de Faltas Nº 1 me dieron los datos de 4 multas que son de diciembre de 2017 y de enero y mayo del 2018, todas por estacionamiento en un lapso de apenas 5 meses", explicó a Cuatro Vientos el vecino. "Lo raro es que yo esas multas las saldé porque en mayo del 2019 renové mi carnet hasta mayo de este año. O sea, sin pagar las multas no te renuevan la licencia y sin embargo, después de cobrármelas, no se registró el pago y ahora me lo reclaman de nuevo", señaló indignado.

El vecino contó que una de las multas data del 2017 y en el juzgado le dijeron que el trámite pasaba al área de Legales del municipio, lo que lo obligó a consultar a un abogado para que lo asesorara. En total, las multas que le intentan cobrar suman 300 mil pesos y si no las abona, no puede renovar su licencia.

Un caso parecido enfrenta Lucía M, quien también tuvo algunos inconvenientes cuando quiso renovar su licencia. A Lucía le indicaron que tenía multas del 2017, aunque había renovado su licencia sin problemas en 2019. Para el caso de Lucía, la multa nunca le fue notificada, aunque el trámite siguió su curso y, de alguna manera, no impidió que pudiera renovar su licencia hace 5 años. Ahora, con la urgencia de renovar su permiso, la multa impaga le bloquea la renovación.

"Otra chica que estaba en el juzgado recibió una multa por 300 mil pesos y ni siquiera tenía su coche cuando fue multada, por lo que estaba quejándose en ventanilla", explicó Nicolás sobre su experiencia. "Parece que te terminan ganando por cansancio, porque depende sólo de lo que dice el juzgado y si nos renovaron la licencia es porque las multas estaban pagas, porque si no pagás, no te renuevan", contó.

Otros casos se repiten, reflejando que hay ciertos inconvenientes en la aplicación de multas: según la Ley Nacional de Tránsito (Nº 24449) las faltas prescriben entre 2 y 5 años después de registradas, aunque ese período de tiempo varía según la localidad y según el estado en el que se realiza el trámite.

¿Qué dice la ley? 

Según la Ley de Tránsito 24449, las multas prescriben después de cierto período de tiempo sin ser cobradas. La prescripción se explicita en el artículo 89, que establece que esta opera:

a) A los DOS (2) años para la acción por falta leve (por ejemplo: estacionar en doble fila; usar la bocina si no es en caso de peligro, excederse un 10% en kilómetros de la velocidad permitida)

b) A los CINCO (5) años para la acción por falta grave y para sanciones (falta de documentación exigible; circulación con vehículos que no tengan colocadas sus chapas patentes reglamentarias; no tener el seguro obligatorio vigente)

En todos los casos, se interrumpe por la comisión de una falta grave o por la secuela del juicio contravencional, ejecutivo o judicial.?Junto con el transcurso de los 2 o los 5 años sin sanción, hay otro elemento a considerar: el titular no tiene que haber sido fehacientemente notificado de la infracción, ya que en ese caso el plazo comienza a correr otra vez desde cero a partir de la fecha de recepción de la cédula. 

Además, a partir de una reciente reforma de la Ley 1217, el correo electrónico también pasó a servir para las notificaciones fehacientes, con lo cual zafar por prescripción va a resultar casi imposible.

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