USHUAIA

Paseo fatal: Confirman el procesamiento de los organizadores de la excursión donde murió la necochense Carla Ferrelli

martes, 9 de agosto de 2022 · 19:04

A un año y cuatro meses de la muerte de la necochense Carla Ferrelli en una excusión en Ushuaia, la Cámara de Apelaciones de la capital fueguina confirmó el procesamiento de Patricio Cornejo, titular de Tierra del Fuego Aventura y Carlos Huglich, vaqueano de montaña, por homicidio culposo que había dictado el año pasado la jueza María Cristina Barrionuevo.

Los dos están imputados por haber actuado con “negligencia e imprudencias” al haber hecho una excursión con malas condiciones climáticas y sin los elementos de emergencia necesarios que derivaron en la muerte de la turista en un hecho sucedido en el Glaciar “Ojo del Albino” el 3 de abril de 2021.

En sus fundamentos el Juez de Cámara Andrés Leonelli sostuvo en referencia a Cornejo, “que habitualmente gerenciaba una actividad turística de riesgo sin las habilitaciones necesarias, el conocimiento técnico, ni los elementos de seguridad y rescate correspondientes. Y por el otro lado, lo que incrementa mucho más el riesgo es la ineptitud y torpeza con la que se emprendió un rescate destinado al fracaso desde su génesis y, sobre todo, evitando que la comisión de salvamento pudiera hacerlo a tiempo. Ello pues, Cornejo tenía conocimiento del cuadro de hipotermia de Carla Ferrelli y la magnitud y consecuencia del caso; sin embargo, demoró aproximadamente 7 horas la llegada de los expertos. Los 20 rescatistas que participaron e intervinieron para llegar al lugar”.

Para el juez, “tal comportamiento no puede tener otro objetivo que el de no poner en evidencia los desaciertos de su empresa, poniendo en marcha un operativo de rescate con la ayuda de su hermana y la pareja de aquella; salvamento ajeno a todo cuidado prudente, razonable y garantizador del bien jurídico que se encontraba en juego”.

En relación a Huglich el juez dijo que “sin poseer la certificación como guía de turismo aventura, era el responsable de la prestación del servicio en el terreno. De acuerdo con el catálogo que sigue con más no tuvo capacidad de observación ni manejo de la situación crítica”.

Huglich “no contaba con el botiquín y equipamiento adecuado a la actividad y a las eventuales urgencias. Le alcanza también la omisión de asegurarse equipos de comunicación efectivos. Pasó por alto la verificación de la indumentaria de Carla Ferrelli  y de los demás turistas. No suspendió la actividad frente a las condiciones meteorológicas desfavorables. Omitió tener en consideración el estado anímico y físico de Carla Ferrelli y quien demostraba signos de preocupación y cansancio por la bajada”.

Como conclusión, el Juez Leonelli expresó en su resolución:  “Estoy en condiciones de señalar que los imputados integraron- contribuyendo cada uno con su conducta - un equipo temerario que determinó, a partir de una actitud desaprensiva y exclusivamente lucrativa, el desenlace fatal”.

Adhirieron al voto del juez camarista Leonelli la jueza Paola Caustic y el juez Sergio Dieguez.

El fallecimiento de Carla Ferrelli

Como informó Cuatro Vientos, la víctima de 28 años estaba de vacaciones en la provincia austral junto a una amiga y el 3 de abril de 2021, contrataron una excursión denominada “Excursión al Glaciar Ojo del Albino” con la empresa “Best Tour Patagonia”.

Sin embargo, el servicio de la excursión se tercerizó a través de la empresa “Tierra del Fuego Aventura” (Ushuaia Blanca SRL), que se encuentra dirigida formalmente y materialmente por su Socio Gerente, Patricio Cornejo. De la resolución de la Doctora Barrionuevo se desprendió que, si bien la empresa Tierra del Fuego Aventura se encontró habilitada ante el Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación, no estaba habilitada ante el Instituto Fueguino de Turismo (INFUETUR) como operador de Turismo Aventura, informó el portal Surenio.

Además, se corroboró que la empresa no había declarado la actividad de turismo “Excursión al Glaciar Ojo del Albino”, y que solo tenía declarada la actividad la actividad “Off Road 4×4” Lagos Escondido y Fagnano.

La misma situación revestía la empresa “Best Tour Patagonia” -mediante el cual Ferrelli había contratado el servicio que luego se tercerizó-; estaba habilitada por Nación, pero no por el INFEUTUR.

La excursión en la que se produjo el deceso de la turista, estuvo a cargo de Carlos Nicolás Huglich, contratado, en carácter de guía por la empresa “Tierra del Fuego Aventura”, quien tampoco tenía habilitación del INFUETUR, como lo exige la Ley Provincial Nº 837 de actividades y servicios de aventura.

Asimismo, las pruebas colectadas por el Juzgado de Instrucción Nº 2 advirtieron que Ferrelli y su amiga no suscribieron con la empresa “Tierra del Fuego Aventura” el Contrato de Turismo Aventura, según lo exige la ley local.

Entre otras cosas, ese contrato implicaba brindar información adecuada respecto de los eventuales riesgos para la integridad psicofísica inherentes a la actividad; el consentimiento taxativo de quien participa aceptando su responsabilidad y conocimiento previo de los riesgos que acarrea y una declaración jurada respecto del estado de salud de la persona.

Según determinó la autopsia, Ferrelli falleció a causa de un trauma térmico por hipotermia que luego, provocó su muerte por edema pulmonar agudo y fallo multiorgánico posterior, consecuente por la exposición al frio de la intemperie, humedad y sin presentar vestimenta adecuada.

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