PRESUPUESTO Y OFI 2023

Faltan más de 1000 millones de pesos que el Ejecutivo no explica y hay un pedido de informes en el HCD

jueves, 10 de noviembre de 2022 · 10:39

Un reciente pedido de informes elaborado por el bloque vecinalista de concejales de la Agrupación Comunal Transformadora pone en cuestión la verdadera naturaleza de la deuda municipal en el marco del tratamiento del Presupuesto de Gastos y la Ordenanza Fiscal Impositiva para el 2023.

Los concejales vecinalistas elaboraron un pedido de informes al Ejecutivo que sería tratado en la próxima sesión porque según los propios números de la Comuna se registra un faltante de más de 1000 millones de pesos de deuda pendiente del ejercicio del año pasado que el Ejecutivo no ha explicado. 

Puntualmente lo que señalan los concejales y buscan aclarar es que el municipio inscribió de una sola vez casi el 60% de la deuda que puede reclamar el municipio declarándola incobrable.

"Es necesario profundizar en la razón por la cual se envió a Deudores Incobrables en un solo ejercicio (2021) el 58,53 % de los deudores declarados al inicio del año", explica en sus considerandos el proyecto de minuta de la ACT. "Es decir que de los $ 1.798.796.501,38 de tasas a cobrar a comienzo de 2021 se enviaron en ese mismo ejercicio a Deudores incobrables $ 1.052.914.421,22", agregaron.

La gestión del intendente Arturo Rojas no ha dudado en presentar sus números siempre de manera capciosa, tratando de proyectar en sus presentaciones una "gestión ordenada" hablando de un superávit presupuestario que no fue más que los gastos recortados sobre presupuestos inflados. Esta es la primera vez que los concejales elevan un pedido de informes serio que parte del análisis de los datos oficiales en los casi tres años que Rojas lleva al frente de la Comuna.

En vistas de la situación y de cara al tratamiento de la OFI 2023 y el presupuesto del año que viene es que la ACT solicitará un informe que el Ejecutivo deberá presentar dentro de los 15 días siguientes a su aprobación en el que conste:

1.    Monto total de tasas adeudadas por cada uno de los años no prescriptos y por cada contribuyente.
2.    Monto de la recaudación esperada en los tributos intimados. 
3.    Monto de la recaudación estimada en los tributos en gestión judicial. 
4.    Fórmula del cálculo de los intereses a recuperar por pagos fuera de término. 
5.    Estimación presupuestaria del margen de cobrabilidad de ejercicios anteriores

Sin dudas la transparencia no ha sido una característica de la gestión Rojas y el uso maniqueo de la información oficial sólo ha servido a los fines políticos del intendente en sus intenciones reelectorales, con casi nulo control sobre sus movimientos en virtud de diferentes emergencias con las que estuvo gobernando en la primera mitad de su mandato. Esa falta de controles en los gastos configuran ahora una plataforma que genera dudas que se presentan entre los concejales y podrían revelar la verdadera condición en la que se encuentran las cuentas municipales antes de volver a tratar aumentos de tasas y presupuestos a futuro.

Proyecto

Este es el texto completo del pedido de informes solicitado por la Agrupación Comunal Transformadora antes de dar tratamiento al presupuesto y OFI 2023:

Visto:
    El tratamiento próximo del proyecto de Ordenanza de la Fiscal Impositiva y el Presupuesto y Cálculo de Recursos correspondiente al ejercicio 2023; y

Considerando: 
        Que resulta condición sine quanon, para el tratamiento de la Ordenanza fiscal Impositiva para el ejercicio 2023, dada su estrecha vinculación con el posterior tratamiento del Presupuesto de Gastos y Cálculo de recursos, conocer el detalle por contribuyente y la suma de las cuentas a cobrar, como así también las políticas de recuperación de deuda previstas por el Departamento Ejecutivo;

Que en el análisis del Presupuesto y Cálculo de Recursos para el ejercicio 2022 se observaron diferencias numéricas con respecto a nuestro análisis que requiere ser aclarada dada la significación en el quantum y lo que ello implica sobre el tratamiento de la ordenanza fiscal e impositiva y el propio presupuesto para el año 2023; 

    Que las diferencias observadas a priori son ratificadas por la propia documentación aportada por el Departamento Ejecutivo en la comparación entre Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos 2022 y Rendición de cuentas 2021;

    Que dichas diferencias con nuestro análisis, se reconocen tácita y  parcialmente en la rendición de cuentas del ejercicio 2021 donde consta un neto a recuperar por diferencia entre Deudores no tributarios y Previsión para deudores incobrables de $ 1.551.423.334,67 (que surge de Deudores no tributarios $ 2.604.337.755,89 menos Previsión para deudores incobrables $ 1.052.914.421,22) , mientras que en el Cálculo de Recursos del año 2022 se prevé una recuperación por tributos adeudados de $ 180.977.982,00 es decir que entre ambos documentos emitidos por el Departamento Ejecutivo se genera una diferencia de $ 1.370.445.352,67, que merece ser aclarado correctamente;

    Que arribamos a esa diferencia de la mera observación de la Rendición de cuenta 2021 comparada con el Cálculo de Recursos del Presupuesto 2022 y según el siguiente análisis

Saldo inicial cuenta a cobrar por tasas Rendición 2021    1.798.796.501,38
(menos)
Previsión para deudores inc. Constituida en 2021             1.052.914.421,22
Emisión de tasas ejercicio 2021                                         2.920.096.561,15
Cobranza durante el ejercicio 2021                                    2.114.555.306,64
Saldo a cobrar al 31 de Diciembre 2021                            1.551.423.334,67
Recuperación de incobrabilidad Presupuesto 2022              180.977.982,00
      DIFERENCIA NO ACLARADA                                      1.370.445.352,67

    Que en lo referido al cálculo de los intereses por pagos fuera de términos se previeron, para la confección del cálculo de recursos, $ 29.004.149,00, mientras que utilizando el mismo procedimiento nuestra cuenta arroja como resultado $ 1.253.169.323,00;

    Que es necesario profundizar en la razón por la cual se envió a Deudores Incobrables en un solo ejercicio (2021) el 58,53 % de los deudores declarados al inicio del año.- Es decir que de los $ 1.798.796.501,38 de tasas a cobrar a comienzo de 2021 se enviaron en ese mismo ejercicio a Deudores incobrables $ 1.052.914.421,22

    Que en la Rendición de cuentas del ejercicio 2021  de un total de gastos equivalente a $ 5.163.186.179,26 se encuentra la previsión para deudores incobrables explicada ut supra por $ 1.052.914.421,22, lo que significa que un 20,39 % de lo gastado, en realidad es una falta de ingresos por la constitución de dicha Previsión, de lo que podemos deducir la importancia que tiene conocer los datos que venimos a solicitar por su incidencia en el valor de las tasas a tratar en la próxima Ordenanza Fiscal e Impositiva para el ejercicio 2023-

Que un factor de análisis importante para el Cálculo de Recursos para el próximo año es el referido al margen de cobrabilidad de las tasas;

Que el punto donde nos concentramos es en la recuperación de los montos por tasas adeudadas de los periodos no prescriptos (cinco años hacia atrás).-

Que es necesario conocer oficialmente el monto total de tasas adeudadas por cada uno de los años no prescriptos y por cada contribuyente;

Que conocer el monto de la recaudación esperada en los tributos intimados, los valores de la recaudación estimada en los tributos en gestión judicial, la fórmula del cálculo de los intereses a recuperar por pagos fuera de término y la estimación presupuestaria del margen de cobrabilidad de ejercicios anteriores, son datos que van a permitir colaborar en los próximos proyectos de OFI y de Presupuesto;

Que en el marco propuesto por D.E. de dialogo y colaboración mutua, estos datos servirán para afianzar la participación democrática;

Por todo ello el bloque de Concejales de la Agrupación Comunal Transformadora propone para su tratamiento la siguiente:
Minuta de Comunicación.

Artículo 1:- Informe el D.E. al HCD, por medio de quien corresponda, lo siguiente: 
1.    Monto total de tasas adeudadas por cada uno de los años no prescriptos y por cada contribuyente.- 
2.    Monto de la recaudación esperada en los tributos intimados. –
3.    Monto de la recaudación estimada en los tributos en gestión judicial. –
4.    Fórmula del cálculo de los intereses a recuperar por pagos fuera de término. –
5.    Estimación presupuestaria del margen de cobrabilidad de ejercicios anteriores. –

Artículo 2:- Otórguese un plazo de 15 (quince) días corridos para la contestación escrita de la presente.

Artículo 3:- De forma.

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