Propinas electrónicas: El Gobierno estableció nuevas reglas para sectores gastronómicos y hoteleros

miércoles, 14 de agosto de 2024 · 10:46

El Gobierno Nacional ha promulgado el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 731/2024, que introduce nuevas reglas para la recepción de propinas a través de medios electrónicos. Esta medida, que no sustituye la tradicional costumbre de dejar propinas en efectivo, impone a los comercios y establecimientos de los sectores gastronómicos, hoteleros y afines la obligación de ofrecer opciones digitales para que los clientes puedan derivar gratificaciones mediante billeteras electrónicas.

El decreto subraya un punto crucial: las propinas, aunque se reciban por medios electrónicos, no forman parte de la remuneración oficial del trabajador. Esto significa que no pueden utilizarse como base para calcular aumentos salariales ni estarán sujetas a retenciones fiscales. Además, se prohíbe que las entidades que administran tarjetas de débito, crédito, u otros instrumentos financieros cobren comisiones sobre el monto de las propinas. La normativa también establece que estas entidades deben facilitar la opción de agregar un monto o porcentaje como propina al realizar un pago, sin cobrar un arancel adicional por esta facilidad.

Con la implementación de esta nueva normativa, los comercios deberán adaptarse al creciente uso de dinero digital en el país, ofreciendo a los consumidores la posibilidad de dejar propinas electrónicamente. Además, se exige que los negocios transfieran las propinas recibidas a los trabajadores en un plazo no mayor a 24 horas, y que estas transferencias se realicen sin aplicar ningún tipo de descuento.

Para asegurar la transparencia y el control en el manejo de estas propinas, el decreto estipula que los establecimientos deben proporcionar una cuenta exclusiva para el uso de los empleados, donde se acreditarán las propinas electrónicas. Esta cuenta deberá cumplir con requisitos de interoperabilidad para garantizar su correcto funcionamiento dentro del sistema financiero nacional.

Las transferencias de las propinas podrán realizarse bajo dos modalidades: directamente a cada empleado que haya recibido la propina o a una cuenta recaudadora especial, establecida por el establecimiento con el único propósito de distribuir las gratificaciones entre el personal. En este sentido, el decreto aclara que los trabajadores tendrán la libertad de distribuir las propinas entre ellos de mutuo acuerdo, sin intervención del empleador.

La responsabilidad de supervisar el cumplimiento de estas disposiciones recaerá sobre el Banco Central y el Ministerio de Economía, que también deberán dictar las normas complementarias necesarias para asegurar la correcta implementación de la medida. El DNU 731/2024 entrará en vigor 90 días después de su publicación en el Boletín Oficial.

El Poder Ejecutivo justificó esta iniciativa destacando la necesidad de adaptar los métodos de pago a la realidad económica actual, donde el uso de dinero digital ha crecido exponencialmente. Según datos oficiales, en los últimos meses, el efectivo ha representado solamente entre una cuarta y una quinta parte del total del dinero en circulación en Argentina, lo que subraya la importancia de actualizar las normativas para reflejar esta tendencia.

Otras Noticias