Comenzó la veda electoral: Qué está prohibido hacer

viernes, 11 de agosto de 2023 · 10:52

Desde las primeras luces de este viernes 11 de agosto, a las 8 en punto, un velo de solemnidad se cierne sobre el escenario político argentino. Es el inicio de la veda electoral, un periodo regido por las disposiciones del artículo 71 del Código Nacional Electoral que se extenderá durante todo el fin de semana, abarcando viernes y sábado, y culminará a las 21 horas del domingo 13 de agosto, tres horas después del cierre de los centros de votación que dará paso a las ansiadas elecciones primarias.

Este compás de espera, que busca apaciguar las aguas y mantener el espíritu de imparcialidad en los días previos a la votación, conlleva una serie de restricciones precisas y puntillosas. Quienes se aventuren a quebrantarlas se exponen a sanciones judiciales que no distinguen entre ciudadanos ni figuras públicas. Estamos en un momento donde la mirada del país está puesta no solo en los comicios por venir, sino también en el trasfondo de una sociedad que enfrenta tensiones a raíz de eventos recientes, como las trágicas muertes de Morena en Lanús y de Facundo Molares durante una manifestación en CABA.

Las vallas que la ley impone durante la veda electoral están diseñadas para preservar la integridad del proceso democrático, forjando un ambiente de respeto y serenidad. Entre las restricciones que los ciudadanos deben observar se encuentran:

Prohibición de Reuniones y Depósito de Armas: Se prohíbe admitir reuniones de electores o el depósito de armas en un radio de ochenta metros alrededor de la mesa receptora. En caso de ocupación forzada de viviendas, se requiere notificar de inmediato a las autoridades policiales.

Suspensión de Espectáculos y Reuniones Públicas: Durante el desarrollo del acto electoral y hasta tres horas después de su clausura, quedan suspendidos los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, así como las fiestas teatrales, deportivas y cualquier tipo de reunión pública ajena al proceso electoral.

Cierre Temporal de Establecimientos de Bebidas Alcohólicas: Las casas destinadas al expendio de bebidas alcohólicas deberán permanecer cerradas durante tres horas después del cierre de los comicios.

Restricción en la Entrega de Boletas de Sufragio: Está prohibido ofrecer o entregar boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de las mesas receptoras de votos.

Limitación de Portación de Armas y Distintivos: A los electores se les veda la portación de armas, el uso de banderas, divisas y otros distintivos durante el día de la elección, doce horas previas y tres horas posteriores al cierre de las urnas.

Suspensión de Actos Públicos de Proselytismo: Queda prohibida la realización de actos públicos de proselitismo, así como la publicación y difusión de encuestas y sondeos preelectorales desde 48 horas antes del inicio del comicio hasta su cierre.

Cierre de Organismos Partidarios en Radio de 80 metros: Los organismos partidarios deben cerrar sus puertas si se ubican en un radio de ochenta metros de distancia de los lugares donde se instalan las mesas receptoras de votos.

Restricción de Difusión de Resultados Electorales: Durante la realización de las elecciones y hasta tres horas después de su clausura, está prohibida la publicación y difusión de encuestas y proyecciones sobre los resultados electorales.

Estas limitaciones, apuntaladas por una firme voluntad de salvaguardar la pureza del proceso democrático, son de carácter imperativo y afectan a todos los estratos de la sociedad por igual. No hay espacio para la complacencia ni para la indulgencia en el cumplimiento de la veda, y aquellos que opten por ignorarla deberán enfrentar las consecuencias legales.

Las sanciones para quienes violen la veda son proporcionales a la gravedad de la infracción cometida y pueden derivar en repercusiones legales. Las medidas punitivas varían en función del tipo de incumplimiento:

Reuniones de Electores y Depósito de Armas: En caso de permitir reuniones o depósito de armas en un radio de ochenta metros alrededor de la mesa receptora, la sanción dependerá de la decisión de la autoridad judicial ante la notificación de la infracción.

Espectáculos y Reuniones Públicas: La realización de espectáculos o reuniones públicas ajenas al acto electoral durante su desarrollo y hasta tres horas después de su clausura puede acarrear multas o penas de prisión.

Venta de Bebidas Alcohólicas: Quienes desafíen la restricción de venta de bebidas alcohólicas durante el periodo de veda se exponen a penas de prisión que oscilan entre quince días y seis meses.

Entrega de Boletas de Sufragio: La entrega de boletas de sufragio en un radio de ochenta metros de las mesas receptoras puede ser sancionada con multas.

Portación de Armas y Distintivos: La portación de armas y distintivos durante el día de la elección y su entorno temporal establecido conlleva consecuencias legales determinadas por la autoridad competente.

Actos de Proselytismo y Difusión de Encuestas: La realización de actos públicos de proselitismo o la difusión de encuestas y sondeos preelectorales durante el periodo de restricción puede generar sanciones económicas.

Cierre de Organismos Partidarios: En caso de incumplir con el cierre de organismos partidarios dentro de ochenta metros de las mesas receptoras, la Junta Electoral Nacional puede disponer su clausura temporal.

Difusión de Resultados Electorales: Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante su desarrollo y hasta tres horas después de su cierre puede acarrear sanciones legales.

La observancia de estas normativas, diseñadas para garantizar un clima de ecuanimidad y respeto en el proceso electoral, se vuelve imperativa en un momento crucial para la democracia argentina. Las restricciones no buscan coartar la libertad, sino preservar la legitimidad y la pureza del voto, evitando influencias externas que puedan distorsionar el panorama electoral.

En última instancia, la veda electoral se erige como un bastión de la integridad democrática. No se trata de un simple ejercicio formal, sino de un compromiso cívico que, al ser respetado por todos, robustece la esencia misma de la participación ciudadana en la construcción de un país más justo y equitativo.

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