ANSES

Chau a la "Fe de Vida": Eliminan el trámite para los jubilados y pensionados

martes, 25 de julio de 2023 · 12:08

A partir del martes 25 de julio, los jubilados y pensionados de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) de Argentina ya no tendrán que presentar la "Fe de Vida" para cobrar sus haberes mensuales. Esta importante modificación se hace efectiva gracias a la promulgación de la ley 27.721, que fue aprobada por la Cámara de Diputados el pasado 17 de julio.

Desde el inicio de la pandemia de Covid-19, este trámite había sido suspendido, pero se había reinstaurado en algunos bancos. Sin embargo, con la aprobación de esta nueva legislación, se pone fin definitivamente a la obligación de presentar la "Fe de Vida", incluso para aquellos jubilados y pensionados que integran el Sistema Integrado Previsional Argentino y las Pensiones No Contributivas.

La eliminación de este requisito llega como un alivio para los más de 7,3 millones de jubilados y pensionados del país, de los cuales más de 3,2 millones ya se habían librado previamente de este trámite, gracias a acuerdos establecidos entre el Estado y algunas entidades bancarias, en su mayoría pertenecientes al sector público. No obstante, con la entrada en vigor de esta nueva ley, la medida abarcará a todos los beneficiarios de jubilaciones y pensiones.

El artículo de la resolución establece que "en ningún caso podrán requerirse trámites adicionales a cargo del beneficiario y/o apoderado de la prestación jubilatoria, más allá de las verificaciones realizadas al momento del cobro presencial que eventualmente se realice". De esta forma, se garantiza que no se solicitarán documentos adicionales o trámites burocráticos que antes pudieran retrasar o dificultar el acceso a los haberes previsionales.

Además, la ley también dispone que "queda sin efecto toda demostración de subsistencia a cargo del beneficiario como condición para el cobro de sus haberes y demás beneficios previsionales". Esto significa que a partir de este mes de julio, el trámite de la "Fe de Vida" ya no será necesario para percibir los haberes correspondientes al mes de agosto y sucesivos.

Con esta medida, se busca simplificar y agilizar los procesos administrativos para los jubilados y pensionados, teniendo en cuenta especialmente la situación de aquellos que puedan tener dificultades para realizar este tipo de trámites, ya sea por cuestiones de movilidad, salud o tecnología.

Cabe destacar que durante la pandemia, algunas entidades bancarias habían implementado alternativas para cumplir con la "Fe de Vida", permitiendo que los jubilados y pensionados realizaran el trámite de forma digital, ya sea a través de una aplicación móvil o correo electrónico, donde debían adjuntar un breve video con su DNI y la fecha actual.

Por otro lado, es importante mencionar que la nueva ley también establece una responsabilidad clara para las entidades bancarias que realizan los pagos de jubilaciones y pensiones. Estas instituciones tendrán la obligación de rendir como impagos los fondos abonados con posterioridad a la fecha de fallecimiento del titular del beneficio, evitando así situaciones de pago indebido y brindando mayor seguridad al sistema.

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