BOLETÍN OFICIAL

ARBA presenta un nuevo plan de pagos de hasta 24 cuotas para regularizar deudas impositivas

viernes, 12 de enero de 2024 · 12:08

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) ha lanzado un plan  que brinda la oportunidad de regularizar deudas impositivas en un período de hasta 24 cuotas. Este programa, anunciado recientemente y en vigor durante todo el año 2024, permite abordar las obligaciones fiscales en diversas categorías, abarcando desde el impuesto Inmobiliario hasta Automotores, embarcaciones deportivas o de recreación, e Ingresos Brutos.

Según detalló la agencia recaudatoria en el Boletín Oficial bonaerense publicado el viernes, el plan de pagos abarca deudas en diversas instancias, ya sea prejudiciales, vencidas o devengadas, en relación con el tipo de impuesto, desde el 1° de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024, ambas fechas inclusive. Además, este plan contempla intereses, accesorios y multas vinculadas a estas obligaciones.

El contribuyente podrá optar por realizar el pago de manera única o en cuotas. En el segundo escenario, se presentan dos modalidades: la primera permite seleccionar entre 6 y 12 cuotas mensuales iguales y consecutivas, con un interés de financiación del 7 por ciento mensual sobre el saldo pendiente. La segunda opción abarca un período más extenso, entre 15 y 24 cuotas, con un interés del 6,5%.

ARBA ha especificado que para acceder a este plan de regularización, los contribuyentes deben llevar a cabo el trámite a través de su sitio web oficial, proporcionando el CUIT y el CIT correspondiente.

En el caso de Ingresos Brutos, será necesario seleccionar cada uno de los períodos que se desean regularizar. En cambio, para el impuesto Inmobiliario y Automotores, la regularización deberá abarcar toda la deuda vencida entre el 1° de enero de 2024 y la fecha en que se formalice la adhesión al plan.

Sin embargo, cabe destacar algunas excepciones en este plan general. Las deudas de contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, provenientes del Régimen Simplificado, no estarán incluidas en este plan de pagos. Asimismo, aquellos contribuyentes que actúan como agentes de recaudación, incurriendo en incumplimientos por no retener o percibir gravámenes, y por retenciones o percepciones no ingresadas o ingresadas fuera de plazo, tampoco podrán acogerse al plan. También quedan excluidas las deudas judicializadas, ya reclamadas mediante juicio de apremio, y las provenientes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos sometidas a procesos de fiscalización, determinación o en discusión administrativa.

 

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