PASO 2023

Qué pasa si no votás y cuáles son las multas

domingo, 13 de agosto de 2023 · 00:03

El domingo 13 de agosto se realizarán las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO), mientras que el próximo 22 de octubre se llevarán adelante las elecciones generales. En algunos casos, los ciudadanos no pueden asistir a los comicios o, simplemente, no desean hacerlo. En este contexto, se sanciona a las personas que no se presenten a votar con multas económicas y el impedimento de realizar algunos trámites. ¿Cuál es el valor de la multa?

Este domingo, los argentinos y argentinas elegirán los candidatos a presidente y vicepresidente que competirán por el mandato del Poder Ejecutivo en las elecciones generales el próximo 22 de octubre. En caso de ballotage, la segunda vuelta se llevará a cabo el 19 de noviembre. Durante las mismas fechas, los habitantes de algunas provincias (incluida la provincia de Buenos Aires) elegirán gobernador y vice, legisladores provinciales, intendentes, concejales y autoridades de los municipios.

De acuerdo a la Ley 19.945, el voto es universal, igual, secreto y obligatorio para las personas entre los 18 y 70 años, mientras que para los jóvenes de 16 y 17 años es optativo.

Ante su carácter obligatorio, la Justicia Nacional Electoral sanciona a los habitantes que no se presenten a los comicios con multas, como así tampoco podrán realizar trámites en organismos nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante un año.

El monto de la multa dependerá de la cantidad de veces que el ciudadano no se ha presentado a una elección. Según la normativa, las personas que no emitan su voto y tengan la obligación de hacerlo deberán pagar las siguientes multas:

  • Sin infracciones previas sin regularizar: $50.
  • 1 infracción previa sin regularizar: $100.
  • 2 infracciones previas sin regularizar: $200.
  • 3 infracciones previas sin regularizar: $400.
  • 4 o más infracciones previas sin regularizar: $500.

Los infractores podrán abonar su sanción económica a través del Banco de la Nación Argentina por transferencia de crédito, transferencia bancaria o en efectivo de forma presencial en cualquiera de sus sedes. Cabe recordar que, pago puede demorar más de 48 horas hábiles en verse reflejado en el Registro de Infractores.

Únicamente, quedarán exceptuados de asistir a las elecciones quienes se encuentren a más de 500 kilómetros de la ciudad donde deberían emitir el voto o por tener un problema de salud. En el primer caso, deberán contar con un certificado que acredite la distancia que puede solicitarse en la comisaría más cercana. En caso de enfermedad, se necesitará un certificado médico para justificar la ausencia.

Quienes quieran justificar su ausencia, tendrán 60 días después de la elección para presentar la documentación en el Juzgado Federal con Competencia Electoral más cercano al domicilio.

¿Cómo consultar si tengo multas?

Si tenés dudas de contar con alguna multa por no presentarte a votar, podés consultar en el Registro de Infractores al Deber de Votar de la Cámara Nacional Electoral. Allí se te solicitará el número de DNI, género y distrito electoral donde emitas tu voto.

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