BOLETÍN OFICIAL

Mayor transparencia para los consumidores: Estaciones de servicio deberán mostrar la composición de los combustibles

jueves, 29 de junio de 2023 · 18:54

En un movimiento destinado a proporcionar una mayor transparencia a los consumidores, la Secretaría de Energía, encabezada por Flavia Royón, emitió una resolución que obliga a las estaciones de servicio de todo el país a mostrar claramente el porcentaje de participación de los combustibles en las mezclas que ofrecen a través de sus surtidores.

La resolución, publicada en el Boletín Oficial este jueves, establece que las estaciones de servicio "deberán exhibir en forma perfectamente visible una leyenda con la indicación del número o índice de octano, y del contenido máximo de azufre, respectivamente, o la clase a la cual pertenecen los productos que aquellos despachan". Este cambio implica una actualización a una resolución previa que estaba en vigor desde 2006, la cual requería que se mostrara la composición de los combustibles como "alconafta", una mezcla que ya no se utiliza, así como en los productos que combinaban biodiesel con gasoil.

De esta manera, las estaciones de servicio se unen a la exhibición del índice de octanaje, que es la escala utilizada para medir la resistencia de los combustibles a detonar prematuramente en el cilindro de un motor. Ahora, también mostrarán la composición de las sustancias utilizadas en las mezclas de combustibles.

Según fuentes oficiales, el objetivo principal de esta medida de la Secretaría de Energía es proporcionar "información precisa a los consumidores" sobre la composición de los combustibles con los que llenan sus vehículos.

Además de la exhibición de la composición de los combustibles, la Secretaría de Energía ha dispuesto la centralización de los registros de naftas en la Dirección Nacional de Economía y Regulación de la Subsecretaría de Hidrocarburos. Anteriormente, el registro de operadores de biocombustibles y mezcladores estaba a cargo de la Dirección de Biocombustibles de la Subsecretaría de Hidrocarburos, pero ahora se consolidará en la misma entidad.

Es importante destacar que este cambio no implica ninguna modificación en el reglamento del registro de operadores de biocombustibles y mezcladores, por lo que la fecha límite para su reinscripción se mantiene el 31 de mayo de cada año.

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